A continuación El Juez oída las partes en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) Visto que el ciudadano suficientemente identificado se encuentra solicitado por el Juzgado de Control Nº1 de este Circuito Judicial Penal, se ratifica la orden de aprehensión librada en su contra y se ordena la detención del mismo el cual quedara recluido en comandancia de Policia del estado Portuguesa a la orden del Tribunal de Control Nº1 de esta sede judicial. 2) Se ordena oficiar tribunal Nº49 control del Área Metropolitana de Caracas, informando que el mismo se encuentra recluido en la comandancia de Policía del estado Portuguesa a la orden del Tribunal de Control Nº1 de esta sede judicial. 3) Se acuerdan las copias solicitadas, se deja constancia que la motiva constara por auto separado, 4) Se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Control Nº1 de este Circuito Penal. Librese las boletas de encarcelación res.....