Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de Control Nº 03, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda dar por terminada la medida de protección extraproceso, establecida en fecha 31-08-2009, a favor de Richard Fernández Márquez quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.399.294, de 31años de edad, de profesión u oficio Albañil y domiciliado en el Barrio Buenos Aires, Callejón Nº 01, al final frente a la pasarela, casa de color azul al lado de la Bodega de la Señora Neria, Guanare, Estado Portuguesa, de conformidad con los artículos 19, 35 y 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales. Notifíquese a la víctima, a la Fiscal Superior del Ministerio Público y ofíciese al Organismo encargado de cumplir la medida.
Juez de Control Nº 03,
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli.
La Secretaria,
Abg. C.....