DISPOSITIVA
Con fundamente en lo expuesto este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA la devolución de la Motocicleta con las siguientes características: Modelo JOG, marca YAMAHA, tipo MINT, color Blanco, serial numero 1YU-1939431, serial M; 1YU cilindrada, 50.00, peso, 65,00KG, cilindros 1, puesto, 2 propiedad esta que se evidencia de documento de propiedad expedido por la casa Comercial, bajo el numero 0023, de fecha 11 de marzo del 2009 a la ciudadana Marleny Colmenares Graterol, venezolana mayor de edad, soltera, titular de la cedula N° 18.296.553, domiciliada en Municipio Guanare, del estado Portuguesa, debidamente asistido por el Fany Medina, de conformidad con el Primer aparte del articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
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