Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARA PROCEDENTE la solicitud de entrega del vehículo efectuada y en consecuencia, SE ORDENA al Comandante del Reten de Tránsito Terrestre de Guanare Estado Portuguesa o a quien haga sus veces en el cual se encuentra aparcado, HACER ENTREGA DIRECTA E INMEDIATA al ciudadano: YEPEZ VITORA JULIO CESAR. Venezolano, natural de Biscucuy Municipio Sucre estado Portuguesa, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 15-10-80, soltero, obrero, residenciado en el Barrio Bello Monte, calle 02, casa sin número frente a la cancha Guanare estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº 15.798.558, del vehículo (MOTO) de las siguientes características:CLASE MOTO, MARCA SUZUKI, MODELO VSTROMDL650CC, COLOR ROJO, AÑO 2008, SERIAL DE CARROCERÍA 9FS.....