DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Con fundamento en el primer aparte del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 1 y 2 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en relación con el artículo 37 del Código Penal, CONDENA al acusado Noguera Rodríguez Luis Alberto, venezolano, mayor de edad, natural de Caracas Distrito Capital, obrero, soltero, titular de la cedula de identidad No. V-20-782.278, residenciado en el Barrio Unión , calle principal casa sin número de Guanare estado Portuguesa Hurto de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 1 y 2 numeral 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotor.....