Por las razones antes expuestas se ordena la remisión de la causa principal y cuaderno especial con sus anexos al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, que fue el que emitió la decisión revocada. Todo de conformidad con los artículos 64 y 532 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-
La Juez de Juicio N° 1
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
La Secretaria;
Abg. Dania Leal Morillo