Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Juicio N° 1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA las medidas de protección y la medida cautelar sustitutiva que tenía el acusado Jesús Antonio Medina Alvarado, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido el 13-07-1989, de 28 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 13.740.258, residenciado en el Barrio San José, callejón 2, Guanare Estado Portuguesa, y en su lugar decreta la Privación de Libertad ordenándose mantener su reclusión en la Comandancia General de Policía por subsistir de manera concurrente los requisitos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; motivado al flagrante incumplimiento de las medidas de protección y medida cautelar sustitutiva otorgada por el Juez de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, todo de conformidad con numeral 1° del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Pena.....