DISPOSITIVA
Como consecuencia de lo motivado, este tribunal de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA RUPTURA DE LA UNIDAD PROCESAL, en la causa seguida contra el ciudadano Luis Antonio Briceño, que continuará en original y separa la causa seguida contra el ciudadano Ángel Alexander Jiménez, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 numeral primero del Código Orgánico Procesal Penal.
Como consecuencia de lo decidido, se ordenó sacar compulsa de la presente causa la que previa certificación contendrá las actuaciones procésales seguidas contra el ciudadano Ángel Alexander Jiménez; así mismo se acuerda ratificar el contenido de los oficios librados al Fiscal Segundo del Ministerio Público y al Dr. Eduvio Ramos Sánchez.
Regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes restantes, previo el cumplimiento de lo aquí acordado.