DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo penal, en funciones de Juicio Nº2 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: 1.- Con lugar la Sustitución de la Medida judicial Preventiva de Libertad impuesta al acusado Ángel Eduardo Pérez Colmenarez, por la detención domiciliaria conforme a lo previsto en el artículo 242 Nº 1 del Código Orgánico Procesal Penal el cual cumplirá en la siguiente dirección Barrio 19 de Abril, calle principal , casa sin numero, Municipio Guanare estado Portuguesa, con rondas policiales diurnas y nocturnas; por presentar una enfermedad contagiosa, así mismo deberá presentar cada mes informe medico que acredite el estado de salud del acusado. Líbrese el traslado del acusado desde la Comandancia de Policía hasta el lugar de residencia donde cumplirá con el arresto domiciliario. Asi mismo se ordena el traslado desde el lugar de resi.....