DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primera Instancia en Función de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Niega el Decaimiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el artículo 242.1 del Código Orgánico Procesal Penal, que pesa en contra de la acusada GUILLERMINA DEL CARMEN VIELMA, venezolana, natural de Bachaquero estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº V-9.565.990, de profesión u oficio Oficios del Hogar, fecha de nacimiento 22-08-1988, de 48 años de edad, residenciada en el barrio República, a seis (06) cuadras del liceo, frente a la casa del señor Nerio El Zapatero, Municipio Papelón, estado Portuguesa, actualmente bajo la medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en arresto domiciliario a la orden de la Comandancia de la Policía del estado Portuguesa, a los fines de asegurar su sujeción al presente proceso,.....