DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano: JONATHAN DAVID MARIN MONTILLA, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 30 años de edad, soltero, profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 07-04-1983, residenciado en el barrio Guaicaipuro, sector II, calle Bolívar casa sin número, Guanare, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-18.668.917, debidamente asistido por la Defensa Abg. Yusmery Iglecia; por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo Aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a la pena de: CINCO (05) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, así como al cumplimiento de.....