DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la sustitución de la medida de privación de libertad por la medida cautelar sustitutiva prevista en los numerales 1 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en la detención domiciliaria, en que el acusado permanecerá, medida a ser cumplida en la Calle Sucre, casa N 2-36, sector Dos, del Barrio Cuatricentenario, de esta ciudad, residencia de la madre del ciudadano, por el lapso de un (01) mes, bajo apostamiento policial las 24 horas a ser cumplidas por la Policía de este Estado, al acusado Enrique José Pérez Pereira, venezolano, natural de Guanare estado Portuguesa, nacido el 20-04-1992, titular de la cédula de identidad número 24.538.549, profesión obrero, residenciado .....