DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 19 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 26 y 49 de la Constitución, RESUELVE:
ÚNICO: Declara DISUELTO el Tribunal Mixto constituido en decisión de fecha 30 de Mayo de 2007, y continuar el conocimiento de la presente causa a través del Tribunal Unipersonal.
Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Notifíquese a las partes. Háganse las demás participaciones del caso. Se deja sin efecto la fijación para celebrar el Juicio Oral y Público para el día 25 de Marzo de 2011 acordada en el Acta de Diferimiento del pasado 24 de Febrero de 2011, y se acuerda fijar una nueva fecha una vez que la presente decisión .....