DISPOSITIVA:
Por cuanto el acusado se encuentra sometido a medida judicial preventiva privativa de libertad se acuerda su cese inmediato de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal.
En este Estado la representante del Ministerio Publico Abg. Luisa Ismelda Figueroa, ejerce el efecto suspensivo previsto en el artículo 430 en concordancia con el artículo 443 del Código Orgánico Procesal Penal en los siguientes términos: "Esta represéntate fiscal en funciones de juicio con las atribuciones conferidas en el artículo 111 ordinal 14 del Código Orgánico Procesal Penal, ejerce en este acto el efecto suspensivo de conformidad con el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 443 ejudem, correspondiente a la apelación de sentencia definitiva de la presente decisión anunciada por la ciudadana Juez solicito en este acto se suspenda la decisión y se mantenga la medida de privación de libertad de conformidad con e.....