En consecuencia, este Juzgado en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa con sede en Guanare, procede a declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, la extinción de la acción penal por la muerte del acusado, por el delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, al ciudadano Álvarez Piñero José Manuel, venezolano, natural de Guanare estado Portuguesa, de 24 años de edad, nacido en fecha 11/06/1986, titular de la cédula de identidad 22.092.044, residenciado en el Barrio Cuatricentenario sector 4, casa S/N, de esta ciudad de Guanare, de conformidad con el artículo 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta el sobreseimiento de la causa, tal y como lo prevé el artículo 318 ordinal 3° del mencionado Código. Notifíquese a las partes. Certifíquese y.....