Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal Mixto en funciones de Juicio Nº 3, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara por unanimidad culpable al ciudadano BONILLO CASTILLO EDDY DANIEL, venezolano, natural de Cagua, estado Aragua, de 20 años de edad, nacido en fecha 15-02-1987, soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cedula de identidad Nº 19.290.424, residenciado en el Barrio 19 de Abril, calle 4,casa Nº 3, Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1,2,3 en perjuicio de MANUEL ORLANDO SÁNCHEZ RAMÍREZ, condenándolo a cumplir la pena de nueve (09) años de presidio, pena aplicada conforme al artículo 74 ordinal cuarto ejusdem, Igualmente se ordena mantener su reclusión en .....