En consecuencia, este Tribunal Primera Instancia en Función de Juicio No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el cese de la medida cautelar sustitutiva establecida en el artículo 256.1 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en arresto domiciliario que pesa en contra del acusado José Daniel Vásquez Guedez, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 38 años de edad, nacido en fecha 29-08-70, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 11.403.220 y residenciado en el Barrio Santa María, calle 5 de julio, casa sin número, a dos cuadras del tanque de agua de Guanare Estado Portuguesa quien fue aprehendido el día 20-10-03, por funcionarios adscritos a la Comandancia General de Policía a quien se le sigue la presente causa por la comisión del delito de Robo agravado en grado de cooperador inmediato, previsto y sancionado en el artíc.....