En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este Tribunal Tercero en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de Guanare Estado Portuguesa, constituido de manera Unipersonal, resuelve conforme a los artículos 366 del Código Orgánico Procesal Penal, lo siguiente: ABSUELVE al ciudadano EDGAR AL BOUNNI NOFAL, venezolano, natural de Guanare estado Portuguesa, en fecha 07/06/1983, de 27 años de edad, de estado Civil soltero, de ocupación obrero, titular de la cédula de Identidad N° 15.350.530 y residenciado en la Carrera Bolívar con Calle Páez, Casa s/n, de Biscucuy Estado Portuguesa, de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 260 en relación con el articulo 259 en su segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la adolescente F. F. Z. G. (SE OMITE POR RAZONES DE LEY), por no haberse acreditado LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL ACUSADO. Todo de conformidad co.....