SEGUNDO
Por antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA el traslado del penado JOSÉ PASTOR FONSECA, plenamente identificado en autos desde el Centro Penitenciario de los Llanos con Sede en esta ciudad hasta el Centro Penitenciario de la Región Andina con sede en Merida, y como consecuencia se ordena librar las comunicaciones a los Organismos correspondientes, a los fines que se haga efectivo el traslado, instándolo a que dicho traslado se realizara supeditado a los reglamentos internos de los organismos penitenciario y que deberá remitir a este Despacho los conducente. Oficiar a la Directora Nacional de Servicios Penitenciarios.
Regístrese, notifíquese, publíquese, déjese copia
La Juez de Ejecución No 1
Abg. Dulce Mar.....