DISPOSITIVO
Por antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA el traslado e ingreso del penado LUÍS ARMANDO URIBE MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Trujillo Estado Trujillo, de profesión u oficio obrero, soltero, nacido en fecha 07-03-1984, titular de la cédula de identidad nº 17.865.748, y residenciado en el Barril Las Tres Esquinas, sector I, casa s/nº, punto de referencia sector la redoma Trujillo, y como consecuencia se ordena librar las comunicaciones a los Organismos correspondientes, a los fines que se haga efectivo el traslado, instándolo a que dicho traslado se realizara supeditado a los reglamentos internos de los organismos penitenciario y que deberá remitir a este Despacho los conducente.
Regístrese, publíquese, déjese copia
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