DISPOSITIVA
Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Extinguida La Pena Definitiva y La Responsabilidad Penal a favor del ciudadano BELMAR YESIT ROA TORRES, venezolano, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacido en fecha 23-10-1979, titular de la cédula de identidad Nº 14.418.991, residenciado en la calle 9 y 10 con carrera 23 centro Comercial Plaza, apartamento PH3, Barrio Obrero, San Cristóbal, estado Táchira, por el delito de Recibo Ilícito de Divisas, previsto y sancionado en el artículo 9 en el aparte segundo de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios, cometido en perjuicio del estado Venezolano, con fundamento en los artículos 105 del Código Penal y 471 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia y archívese.....