Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LAS PENAS PRINCIPAL y ACCESORIAS, al ciudadano FRANCISCO MANUEL CASTILLO AZUAJE, Venezolano, nacido en fecha 18-10-1.965, identificado con cédula N° 13.330.602, residenciado en el Barrio "23 de Enero", calle principal a la plaza, casa N° 6, Guanarito estado Portuguesa, por cumplimiento de las mismas, por la comisión del delito de Tráfico de sustancias, estupefacientes y psicotrópica, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide. Líbrese boleta de notificación del penado y a las partes y ofíciese lo c.....