Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el correspondiente auto ejecutorio al penado Franco José Pérez Delgado, quien es venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº18.670.360, Obrero, natural de Guanare, nacido en fecha 13-02-1986, residenciado en el Barrio Buenos Aires, calle principal, callejón 02 casa S/N, a una cuadra de club Buenos Aires, Guanare estado Portuguesa; por la comisión del delito de Detentación de Cartuchos para Armas de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 09 de la ley de Armas y Explosivos cometido, condenándole a cumplir la pena de Un (01) año y Seis Meses de Prisión, cometido en perjuicio del Estado Venezolano; conforme a las previsiones establecidas en los artículos .....