Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el correspondiente auto ejecutorio al penado Guiza Rojas Pablo, quien es venezolano, natural del estado Táchira, de 38 años de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 12.202.286, albañil, natural de Guanare, nacido en fecha 02-03-1970, residenciado en el Barrio José Antonio Páez, sector 3, calle principal, casa S/N Guanarito estado Portuguesa; por la comisión del delito de Detentación de Municiones de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 272 y 273 del Código Penal, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, condenándole a cumplir la pena de Un (01) año y Seis Meses de Prisión, cometido en perjuicio del Estado Venezolano; conforme a las previsiones establecidas en los artículos 480 y 493 del Código Orgánico Proc.....