DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Ejecución de la Sentencia Condenatoria dictada por Admisión de los Hechos por el Juzgado de Control Nº 1 de este Circuito Judicial Penal, contra el penado Jhon Willy Linares Caile, venezolano, natural de Maracay estado Aragua, nacido en fecha 18-11-1982, de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.547.573, soltero, Albañil, con residencia en el Barrio Los Laureles, Calle Carabobo, Casa S/N de Guasdualito estado Apure, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales, por la comisión del delito Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga en perj.....