DISPOSITIVO.
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal R E V O C A la medida de Destacamento de Trabajo que le fue concedida al penado MELENDEZ YULBERT WLADIMIR, mediante auto de fecha 24-11-2005, inserto a los folios 108 al 110, pieza N° 4, y consecuencialmente se ordena librar requisitoria y órdenes de captura.
SEGUNDO: Con fundamento en el numeral 2º del artículo 287 del Código Orgánico Procesal Penal se acuerda notificar del hecho sucedido a la ciudadana Fiscal Superior de esta Circunscripción Judicial, a quien se le remitirá oficio acompañado de copia certificada de todo lo conducente, a los fines que estime procedent.....