Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Con fundamento en el artículo 471 (encabezamiento) del Código Orgánico Procesal Penal, se concede al ciudadano DAVID EDGARDO MEJÍAS VEGAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.945.709, un permiso para ausentarse de la Jurisdicción del Estado Portuguesa los días 23, 24, 25 y 26 del mes de Mayo del corriente año 2014 para asistir a un viaje a la playa con su familia, organizado por su empleador MOLIENDA PAPELÓN.
Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Notifíquese a las partes. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Fiscalía del Ministerio Público con competencia en materia de Régimen Penitenciario.....