DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el encabezamiento del artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la ejecución de la pena de OCHO AÑOS Y OCHO MESES DE PRESIDIO que le fue impuesta en fecha 15 de Septiembre de 2014 por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 1 de este mismo Circuito Judicial Penal al ciudadano JOSÉ VICENTE RIVAS VALLADARES, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.116.711, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 06 de Diciembre de 1988, hijo de Sunilda Vargas, de ocupación estudiante, de estado civil soltero, residenciado en el Caserío Obispo, Calle Barcelona, casa s/n.....