Por las motivaciones establecidas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DE CARÁCTER CONDENATORIO que se ha dictado en contra del ciudadano LEANDRO JOSE PEROZO GOTOPO, venezolano, de 49 años de edad. FN: 27/02/1961. CIV- 9.563 422, soltero, natural del Estado Lara, residenciado en el caserío Quebrada de la Virgen, Barrio Barrancones, sector los Claveles, casa S/N, Municipio Guanare estado Portuguesa, hijo de los ciudadanos Alquilina Gotopo (F) y Rafael Perozo (F), de conformidad con lo establecido con los artículos 479, 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal.