Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base en el artículo 29 parte in fine de la Constitución en concordancia con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
ÚNICO: Ordena que la medida de RÉGIMEN ABIERTO otorgada al penado LUIS EDUARDO RIVERO PAREDES mediante decisión de fecha 14 de Diciembre de 2015 se haga efectiva de inmediato, por cuanto constan en el Expediente tanto la OFERTA LABORAL como la Constancia de Residencia debidamente verificadas, debiendo el penado cumplir su jornada laboral desde las 8:00 am a 12:00 m. y de 2:00 pm a 6:00 pm., en la empresa INVERSIONES H, ubicada en el Barrio Sucre, Calle 2 entre Carreras 3 y 4, N° 3-60, Guanare, Estado Portuguesa, como VENDEDOR, en concordancia con los horarios de ingreso y.....