Por los motivos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL AL PENADO: ANGEL RAMÓN ROJAS ORELLANA, venezolano, mayor de edad, natural de Santa Rosa de Lima, Chabasquen Municipio Unda del estado Portuguesa, nacido en fecha 01/06/1968, titular de la cédula de identidad N° 10.128.167, residenciado en el Caserío Santa Rosa de Lima, sector La Vega, Municipio Monseñor José Vicente de Unda del estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes por la vía mas expedita de ser posible, y ofíciese a los organismos pertinentes a la ejecución de la pena. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución No. 2
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
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