DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado en Función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado en Función de Juicio 3 de este Circuito Judicial Penal contra el ciudadano Alasil Berrios Terán, colombiano, natural de San Onofre, indocumentado, hijo de Dolmelina Terán y Pedro Berrios, residenciado en el Caserío El Nacional, Municipio Papelón estado Portuguesa, quien fue condenado por la comisión del delito de trato cruel, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Lay Orgánica de Protección al Niño y Adolescente a cumplir la pena de dos (2) años de prisión.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia, ofíciese lo conducente al Consejo Nacional a los fines de informarle sobre la inhabilitación política y remítase copia certificada de la sentencia y de.....