Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL al penado CARLOS JAVIER GRATEROL AZUAJE de nacionalidad Venezolana, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 26 años de edad, nacido en fecha 21/07/1987, titular de la cédula de identidad número V-20.545.170, residenciado en el Barrio Las Ameriquitas, calle 12, con callejón 01, casa s/n Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal y los artículos 471 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal
La Jueza (T) de Ejecución N° 2
Abg. Dania Leal Mor.....