DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA la pena de SEIS AÑOS DE PRESIDIO que le impuso a ALFONSO VALDEZ GONZÁLEZ, quien en la oportunidad de rendir DECLARACIÓN INDAGATORIA manifestó ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.403.506, natural del Caserío Mesa del Bucaral, Municipio Sucre, Estado Portuguesa, nacido en fecha 23 de Enero de 1968, hijo de Belén González y Alberto Valdez, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Caserío Mesa de Bucaral, Municipio Sucre, Estado Portuguesa, la Sala Accidental Segunda de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones d.....