ÚNICO: Con fundamento en el artículo 112 del Código Penal en su encabezamiento, numeral 1º, aparte segundo y aparte tercero, se declara PRESCRITA la pena de OCHO MESES DE PRISIÓN que impuso el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 3 de esta Circunscripción Judicial mediante decisión de fecha 14 de Abril de 2015 al penado KLEIVER ISRAEL GRATEROL, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.090.714, nacido en fecha 08 de Septiembre de 1981, de estado civil soltero, de ocupación indefinida, residenciado en la Urbanización El Progreso, Sector II, Calle 16, casa N° 360, Guanare, Estado Portuguesa, por haber admitido los hechos en la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 numeral 2° del Código Penal, en perjuicio de MIGUEL RAMÓN GUÉDEZ, ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que fueron establecidas en la sentencia condenatoria. Por consiguiente, se declara EXTINGUIDA dicha pena.