Tercero: Quien aquí decide, considera que están dados los requisitos exigidos por el legislador para acordar el beneficio de Régimen Abierto, de acuerdo a lo previsto en el encabezamiento del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 479 numeral 1 del referido Código, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Acuerda el Beneficio de Régimen Abierto al penado Fuentes Sánchez Carlos Julio, venezolano, natural de Barinas estado Barinas, donde nació en fecha 24-04-1986, titular de la cedula de identidad Nº 16.983.873, residenciado en el Barrio Bolívar, casa 100-11, Nula estado Táchira, quién se encuentra cumpliendo pena en el Centro Penitenciario de los Llanos, quedando bajo la supervisión, orientación y control de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del estado Táchira, y sujeto al cumpl.....