DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 272 constitucional, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal, acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA al penado José Antonio Dorante Colmenares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.596.353, por un tiempo de cuatro (4) años, cinco (5) meses y ocho (8) días, que resulta del tiempo que le falta por cumplir de la pena que corresponde a tres (03) años, tres (3) meses y veintinueve (29) días, con un aumento de la 1/3 parte, que son un (1) año, un (1) mes y nueve (9) días, vale decir hasta el 26 de agosto de 2013, fecha en la que culminara la pe.....