ÚNICO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal declara EXTINGUIDA la pena de OCHO AÑOS, DOS MESES Y VEINTE DÍAS DE PRISIÓN, que le fue impuesta al ciudadano VÍCTOR JOSÉ LÓPEZ MEDINA, de Nacionalidad Venezolana,titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.545.277, natural de Coro, Estado Falcón, nacido en fecha 20 de Junio de 1986, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en la Urbanización José Laurencio Silva, Calle 5, casa s/n, Cojeditos, Municipio Anzoátegui, Estado Cojedes, mediante decisión de fecha 02 de Mayo de 2011 dictada por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 3 de este Circuito Judicial Penal por haberlo encontrado culpable y responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO (EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA), previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° en relación con el artículo 424, ambos del Código Penal en la persona de LEONEL JOSÉ CHUELLO, así como a las penas accesorias de ley, previstas en el artíc.....