Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Se establece mediante el cómputo de la pena ordenado en el último aparte del artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, que la penada MARÍA VIRGINIA ANGARITA CASTRO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.391.161,ha cumplido de su pena principal de QUINCE AÑOS DE PRISIÓN, mediante el tiempo que permaneció en privación de libertad sumado a la redención judicial de la pena que le fue concedida en esta misma fecha, el tiempo de SEIS AÑOS, CINCO MESES Y QUINCE DÍAS, faltándole por cumplir un tiempo de OCHO AÑOS, SEIS MESES Y QUINCE DÍAS, tiempo que se cumplirá el día 10 de Agosto de 2024.
SEGUNDO: Con fundamento en el Parágrafo Segundo del.....