PRIMERO: Con fundamento en el artículo 474parte in fine, del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la actualización del cómputo de la pena de SEIS AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓNimpuestamediante sentencia definitivamente firme de fecha 05 de Septiembre de 2012 dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 2 de este mismo Circuito Judicial Penal al ciudadano SANDRO RAFAEL NATERA ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.160.569; por haber admitido los hechos en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en perjuicio de HENRY COROMOTO GONZÁLEZ GARCÍA;
SEGUNDO: De conformidad con lo ordenado en el artículo 474 ejusdem, se practica el cómputo de la pena a cumplir, de acuerdo al cual el penado SANDRO RAFAEL NATERA ALVARADOtiene cumplido de su pena principal de SEIS AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN y de la pena accesoria de INHABILITACIÓN POLÍTICA un tiempo de CINCO AÑOS Y VEINTIOCHO DÍAS, faltándole p.....