ÚNICO: Con fundamento en los artículos 111, 114 y 233 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 138 de la Constitución, se declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa Técnica en el sentido de que se resuelva en Audiencia Oral la situación de privación de libertad del ciudadano YISMARLI JAVIER COLMENARES BASTIDAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.100.100, quien fue aprehendido en cumplimiento de órdenes proferidas en su oportunidad por este Tribunal.