DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Procede a la ejecución de la pena de OCHO AÑOS DE PRISIÓN que le fue impuesta en fecha 27 de Noviembre de 2009 al penado GREY ZAÍN BARRIOS UZCÁTEGUI el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 de este Circuito Judicial Penal por haber admitido los hechos en la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES previsto y sancionado en el artículo 31 (encabezamiento) de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas;
SEGUNDO: Se practica el cómputo de la pena a cumplir, de acuerdo al cual el penado GREY ZAÍN BARRIOS UZCÁTEGUI, hasta la fe.....