Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Se establece mediante el cómputo de la pena ordenado en el último del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal con motivo de la REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA otorgada en esta misma fecha, que el penado TENYER ALBERTO TABLERO RADA ha cumplido de su pena principal de NUEVE AÑOS DE PRESIDIO, un tiempo de SIETE AÑOS, OCHO MESES Y SEIS DÍAS; así mismo, que le falta por cumplir de dicha pena un tiempo de UN AÑO, TRES MESES Y VEINTISIETE DÍAS DE PRESIDIO, tiempo que se ha de cumplir el día 21 de Marzo de 2016.
SEGUNDO: De conformidad con el numeral 4º del artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 53 del Código Penal se d.....