Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano CÉSAR AUGUSTO GONZÁLEZ PÁEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.400.513, de 33 años de edad, natural de Papelón, Estado Portuguesa, nacido en fecha 26/08/1980, de Profesión u Oficio Obrero, residenciado en el Barrio La Terraza, calle principal, casa s/n Municipio Papelón, Estado Portuguesa, a quien se le sigue causa por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del ciudadano Maikel Enrique González Montalbán, por el lapso de SEIS (6) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, todo de conformidad con los artículos 471, 482 y 483 del Código Orgánico Procesal Pen.....