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DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN que le impuso a JOSÉ GREGORIO PÉREZ -quien en la oportunidad de su aprehensión manifestó ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.257.253, natural de Biscucuy, Estado Portuguesa, de estado civil soltero, de ocupación comerciante, residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, Calle Principal, casa Nº 16, Guanare, Estado Portuguesa-, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 de este mismo Circuito Judicial Penal, y por ende EXTINGUIDA su responsabilidad criminal en el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA (DE FU.....