Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA PRINCIPAL, al ciudadano KENI FELIPE HIDALGO PAREDES, venezolano, mayor de edad, natural de la Concepción, Municipio Sucre del Estado Portuguesa, Soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.186.689, nacido en fecha 30-09-1981, residenciado en el Caserío San Isidro, vía Santa Bárbara, Municipio Sucre del Estado Portuguesa, por cumplimiento de la misma, por la comisión del delito de Homicidio Concausal y Lesiones Personales Graves, en persona del ciudadano Sergio Andrés González Arraez (Occiso) y Javier Antonio González, todo de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal y así se decide. Quedando sujeto al cumplimiento de las penas accesorias de conformidad con el Artículo 22 del Código Penal.
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