DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la ciudadana GLADYS MARÍA GONZÁLEZ GARCÍA, venezolana, natural de Barcelona estado Anzoátegui, nacida el 13/05/1986, hija de Santos Eduardo González y Gladys del Carmen García, portador de la cédula de identidad personal N° V- 18.816.453, residenciada en el Barrio Sol de Justicia, calle principal, casa sin número, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS (en cantidades menores), previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de confo.....