DISPOSITIVA:
Por las consideraciones aquí expresadas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución No. 2 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara redimida la pena impuesta al penado Hourdequint Monzón Carlos Adrián, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 18.254.019, natural de Valencia Estado Carabobo, nacido en fecha 18-10-1986 y residenciado en el barrio 12 de Marzo, calle principal, casa s/n , Barrancas Estado Barinas, por el lapso de seis (06) meses, cuatro (4) días y doce (12) horas, la cual se rebajará de la pena que originalmente fuere impuesta. Todo de conformidad con los artículos 15 de la Ley de Régimen Penitenciario, 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio y 507 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese. Déjese copia.
Juez Suplente de Ejecución No. 2
Abg. Dania Mayely Leal Morillo
La Se.....