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Decisiones del dia 28/11/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : E2-777-03 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2005
Procedimiento:
Redimida La Pena
Partes:
PENADO:QUIJADA HERNÁNDEZ PABLO JOSÉ
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Trabajo y Estudio, declara REDIMIDO al penado PABLO JOSÉ QUIJADA HERNÁNDEZ, un tiempo de ONCE MESES Y DIECISIETE DÍAS, los cuales deben ser descontados de su pena principal de CINCO AÑOS DE PRESIDIO. Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Notifíquese y háganse las demás participaciones del caso. EL JUEZ (fdo) Abg. Elizabeth Rubiano Hernández. EL SECRETARIO (fdo) Abg. Juan Alberto Valera. (Hay el Sello del Tribunal).
Juez/Ponente:
Elizabeth Rubiano Hernández
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
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N° Expediente : E2-777-03 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2005
Procedimiento:
Nuevo Computo Por Redencion De Pena
Partes:
PENADO:QUIJADA HERNÁNDEZ PABLO JOSÉ/FISCAL SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. ZANDRA GIRÓN/DEFENSOR PÚBLICO ABG. CIRO RAMÓN ARAUJO
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se establece mediante el cómputo de la pena ordenado en el último del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, que el penado PABLO JOSÉ QUIJADA HERNÁNDEZ ha cumplido de su pena principal de CINCO AÑOS DE PRESIDIO, un tiempo de TRES AÑOS, DOS MESES Y SIETE DÍAS; así mismo, que le falta por cumplir de dicha pena un tiempo de UN AÑO, NUEVE MESES Y VEINTITRÉS DÍAS DE PRESIDIO, de la pena principal, tiempo que se ha de cumplir el día 25 de Septiembre de 2007. Finalmente, que a partir del día siguiente debe comenzar a cumplir la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad que es por un tiempo de DOS AÑOS Y TRES MESES, el cual fi.....
Juez/Ponente:
Elizabeth Rubiano Hernández
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
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