DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda el traslado voluntario del penado García Yépez Charlis, venezolano, mayor de edad, nacido en Chabasquén estado Portuguesa, en fecha 13 de abril de 1981, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad 12.895.859, desde la Comandancia General de Policía donde se encuentra provisionalmente hacia el Internado Judicial del estado Trujillo.
La Juez de Ejecución No. 02
Abg. Lisbeth Karina Díaz de Tovar
La Secretaria
Tania Rivero Pargas